Ley tipo sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión y su comentario.
Ley tipo sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión y su comentario.
- Ginebra - CH OITUNESCOOMPI 1974
- 41 p.
Contiene: El objetivo del texto es servir de modelo a los legisladores, tanto en los países en vías de desarrollo como en los países desarrollados. Las limitaciones a la protección que permite el artículo 15 de la convención de Roma son bastante amplias y al menos en el plano teórico, es dudoso que los países en vías de desarrollo tengan necesidad de prever restricciones suplementarias o parciales. Por consiguiente, la Ley tipo se ha redactado de acuerdo fundamentalmente con el artículo 15.
Español.
LEGISLACION
RADIODIFUSION
ITALIA
ARTISTAS
INTERPRETES
GRABACIONES SONORAS
CIENCIAS SOCIALES DERECHO
328.37
Contiene: El objetivo del texto es servir de modelo a los legisladores, tanto en los países en vías de desarrollo como en los países desarrollados. Las limitaciones a la protección que permite el artículo 15 de la convención de Roma son bastante amplias y al menos en el plano teórico, es dudoso que los países en vías de desarrollo tengan necesidad de prever restricciones suplementarias o parciales. Por consiguiente, la Ley tipo se ha redactado de acuerdo fundamentalmente con el artículo 15.
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RADIODIFUSION
ITALIA
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GRABACIONES SONORAS
CIENCIAS SOCIALES DERECHO
328.37